Rehabilitación de edificios en Mallorca
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El programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales, incluido en la inversión 1 del componente 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), pretende impulsar la rehabilitación de edificios residenciales, viviendas y barrios. La distribución de los fondos Next Generation EU entre los beneficiarios finales se canalizará a través de las Comunidades y Ciudades Autónomas, con las que se ha llegado a un acuerdo para la distribución de los recursos en proporción al número de hogares de cada región.
- El plan de rehabilitación residencial se divide en cinco programas:
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio.
- Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación.
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.
- Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
- Programa de ayuda a la redacción de proyectos de rehabilitación y a la elaboración del Libro del Edificio Existente (LEE).
- Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes.
Respecto al programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio:
Las actuaciones subvencionables corresponden a las siguientes tipologías:
- Construcción anterior al año 2000.
- Edificios de uso residencial: unifamiliar o colectiva.
- En caso de edificios de tipología residencial colectiva, se deberá cumplir:
- 70% de superficie construida sobre rasante -sin planta baja y plantas inferiores- tengan uso residencial de vivienda.
- 50% o superior de votos a favor por parte de la comunidad de propietarios.
Los destinatarios del programa podrán ser:
- Propietarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en filas y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva.
- Administraciones públicas y organismos, empresas públicas, sociedades mercantiles participadas.
- Comunidades de propietarios.
- Sociedades cooperativas.
- Empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios.
El requisito es la reducción de al menos el 30% del consumo energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
La cuantía de la ayuda será de entre el 40% y el 80% según el ahorro energético (100% en caso de vulnerabilidad económica). Las cuantías máximas entre 6.300€ y 18.800 € por vivienda